Nuevo Requisito del Pago del IVU en Plazos Quincenales

Nuevo Requisito del Pago del IVU en Plazos Quincenales

Notificación Electrónica de Créditos Contributivos

Todo lo que debes saber sobre el nuevo requisito de notificación electrónica sobre la tenencia de créditos contributivos.

Employment Transformation and Flexibility Act

What you need to know about the new Employment Transformation and Flexibility Act.


¡Le damos la más cordial bienvenida!

En Carbonell y Co., LLP nos sentimos orgullosos de poder contar con el personal y los recursos necesarios para poder brindarle a todos nuestros clientes el mejor servicio y la ayuda que necesitan. Trabajamos arduamente durante el todo el año, adiestrándonos y consiguiendo lo último en la tecnología para que usted tenga la tranquilidad de que su negocio y sus finanzas están siendo atendidos por manos profesionales.


22 de noviembre de 2011

Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad y Salud Pública

El pasado 7 de noviembre de 2011, el Gobernador Luis Fortuño firmó la "Ley para el Fortalecimiento de la Seguridad y Salud Pública". La misma establece una amnistía que releva del pago de intereses, recargos, penalidades y cualesquiera otras adiciones a la contribución, a todo contribuyente que en o antes del 29 de febrero de 2012 pague en su totalidad la contribución adeudada al Gobierno de Puerto Rico por concepto de contribución sobre ingresos, contribución sobre herencias, donaciones y contribución especial sobre la propiedad inmueble, incluyendo deudas bajo planes o descuentos en nómina.

Para efectos de esta Ley, el término "contribución sobre ingresos" incluye aquellas contribuciones retenidas en el origen por cualquier concepto, así como aquellas contribuciones impuestas por el Código de Seguros.

Algunos puntos sobresalientes de esta Ley lo son:
  • Aquellas personas cuyas planillas se encuentren en proceso de investigación administrativa por el Departamento de Hacienda, podrán acogerse a esta amnistía en cuanto al ingreso detectado o a las partidas bajo investigación, pagando la contribución correspondiente; y en tal caso, se desistirá de los trámites de la investigación.
  • Aquellas personas cuyas planillas se encuentren en trámite administrativo sobre notificaciones de deficiencia que se les haya cursado notificaciones finales de deficiencia o que hayan impugnado una deficiencia contributiva determinada por el Secretario de Hacienda, podrán acogerse a esta amnistía, pagando la totalidad de la determinación final que haga el Secretario en el caso.
  • En el caso de aquellas personas que hayan instado una acción judicial objetando el pago de una deficiencia contributiva determinada sobre la cual no haya recaído una sentencia a la fecha de aprobación de esta Ley, podrán acogerse a la amnistía. Sin embargo, es importante señalar que esto constituirá causa suficiente para el archivo de aquella parte del litigio que corresponda a las contribuciones pagadas bajo esta Ley.
A pesar de que se requiere el pago total de la contribución adeudada, la Ley autoriza al Secretario a aprobar planes de pago bajo aquellos términos y condiciones que éste establezca mediante reglamento, carta circular u otro método de comunicación general, siempre y cuando las contribuciones adeudadas sean pagadas en o antes del 30 de junio de 2012 y el plan de pago sea solicitado en o antes del 29 de febrero de 2012.

La Ley provee, además, para objetar cualquier contribución que aparezca como adeudada en los archivos del Departamento de Hacienda, siempre que se haga la reclamación en o antes del 29 de febrero de 2012, en aquella forma y manera que el Secretario establezca por reglamento, carta circular u otro método de comunicación por escrito de carácter general.

En aquellos casos en los cuales el Departamento de Hacienda determine que procede, en todo o en parte, el cobro de la deuda objetada con posterioridad al 29 de febrero de 2012, los contribuyentes afectados podrán acogerse a los beneficios dispuestos de esta Ley con respecto a las cantidades así determinadas, siempre y cuando efectúen el pago correspondiente dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de notificación de la determinación del Secretario.

En Carbonell & Co., LLP estamos preparados para asistir a nuestros clientes en este proceso. De estar interesados o de tener alguna pregunta al respecto, no dude en comunicarse con nosotros.

16 de noviembre de 2011

Aviso Importante

Estimados clientes:

Estamos a menos de dos meses del cierre de nuestro año natural; por tal razón, es momento de repasar el año contributivo con el propósito de asegurarnos que todas las estrategias que ayuden a minimizar su responsabilidad contributiva haya sido considerada. Es importante revisar las deducciones disponibles para este año contributivo como resultado del nuevo Código de Rentas Internas de 2011 y determinar cómo tomar ventaja de las mismas.

En el caso de individuos que trabajen por cuenta propia, la creación de un Plan KEOGH, el cual tiene la oportunidad de establecer hasta el 31 de diciembre, es un valioso instrumento para minimizar su carga contributiva, mientras ahorra para su retiro. Una vez creado, tendrá oportunidad hasta la fecha de vencimiento de la planilla, incluyendo la prórroga, para hacer aportaciones al mismo.

Los exhortamos a comenzar con la recopilación de todos los documentos necesarios para la preparación de sus planillas y verificar el monto de las contribuciones depositadas durante el año o retenidas en el origen, para evitar penalidades por insuficiencias o, por el contrario, sobre pagos excesivos. En el caso de corporaciones y sociedades, tenemos hasta el 15 de diciembre para corregir cualquier diferencia en los pagos de contribución estimada. En el caso de individuos, la fecha de vencimiento es el 15 de enero de 2012.

En Carbonell & Co., LLP estamos preparados para evaluar su situación actual y ayudarle a delinear estrategias que lo ayuden a minimizar su responsabilidad contributiva. De estar interesado, comuníquese con nosotros para concertar una cita.

10 de noviembre de 2011

Fechas Importantes para el Mes de Noviembre 2011


Recuerden que hoy, 10 de noviembre de 2011 es la fecha de vencimiento de las siguientes radicaciones:

*Forma SC-2915 - Planilla Mensual del Impuesto sobre Ventas y Uso.

*Forma 480.9A - Depósito de la Contribución Retenida en el Origen sobre Pagos por Servicios Prestados (7%) durante el mes de octubre.

¡Radiquen hoy y eviten la acumulación de intereses, recargos y penalidades!

Otras fechas importantes para el mes de noviembre son las siguientes:

15 de noviembre:

*Forma 499R-1 - Depósito Mensual de la Contribución Retenida sobre Salarios para el mes de octubre.

*Forma 480.9A - Contribución Retenida en el Origen a No-Residentes durante el mes de octubre.

21 de noviembre:

*Pago correspondiente al balance del primer semestre de la Póliza del Fondo del Seguro del Estado.