15 de junio de 2015

Carta Circular de Política Contributiva para Médicos o Agentes que Operen su Práctica Mediante el Uso de Corporaciones

El 19 de mayo de 2015, el Departamento de Hacienda ("Hacienda") emitió la Carta Circular 15-05 (CC 15-05) donde se discute el caso de individuos que son doctores o doctoras en medicina (“Médicos”) o agentes de seguros (“Agentes”), accionistas en una corporación de servicios profesionales o regular (en el caso de los Agentes), los cuales no han obtenido un número de proveedor de servicios bajo el número de identificación patronal de la corporación y reciben Declaraciones Informativas a nombre del Médico o del Agente, en lugar de recibirlas a nombre de la corporación correspondiente.

En estos casos, cuando el Médico o Agente hace negocios por conducto de una corporación, el ingreso reportado en las Declaraciones Informativas bajo el número de seguro social del individuo no aparece reportado en la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Individuos (“Planilla de Individuo”), sino en la Planilla de Contribución sobre Ingresos de Corporaciones ("Planilla de Corporación") de la corporación correspondiente. Por lo tanto, cuando Hacienda realiza el pareo de las Declaraciones Informativas con la Planilla de Corporación, surge una discrepancia en el sistema.

El propósito de la CC 15-05 es aclarar la forma en que deben informarse estos ingresos reportados en las Declaraciones Informativas para el año contributivo 2014 y cualquier año anterior y proveer un periodo de tiempo para realizar los ajustes necesarios.

Como regla general, todo ingreso reportado en las Declaraciones Informativas a un individuo debe ser reportado por éste en su Planilla de Individuo. 

A modo de excepción, para los años contributivos 2014 y anteriores, Hacienda permitirá que un Médico o Agente que haga negocios y opere a través de una corporación de servicios profesionales o una corporación regular (en el caso de un Agente), incluya el ingreso reportado en las Declaraciones Informativas a nombre de éste bajo su número de seguro social personal en la Planilla de Corporación.

En estos casos, el Médico o Agente deberá incluir con su Planilla de Individuo y con la Planilla de Corporación lo siguiente:

1.  Declaración Jurada por el Médico o Agente en la que haga constar:

     a.)  la cantidad de ingresos recibidos por servicios prestados durante el año contributivo;

     b.)  nombre completo (entiéndase, nombre y dos apellidos) del Médico o Agente que recibió la Declaración Informativa;

     c.)  la cantidad de ingresos reportados al Médico o Agente mediante Declaraciones Informativas para el año contributivo correspondiente;

     d.)  nombre de la entidad y número de identificación patronal donde se reportaron los ingresos declarados en la Declaración Informativa;

     e.)  la cantidad de ingresos de servicios profesionales reportados a la corporación mediante Declaraciones Informativas para el año contributivo correspondiente;

     f.)  la cantidad de ingresos a ser reportados en la Planilla de Individuo del Médico o Agente;

     g.)  la cantidad de ingresos a ser reportados en la Planilla de Corporación; y

     h.)  que todos los ingresos recibidos por el Médico o Agente y por la corporación hayan sido reportados en la Planilla de Corporación o en la Planilla de Individuo.

2.  Copias de todas las Declaraciones Informativas recibidas por el Médico o Agente y por la corporación correspondiente, según aplique, durante el año contributivo.

3.  En el caso de la Planilla de Individuo, copia de la Planilla de Corporación debidamente firmada y sellada como recibida por Hacienda.

4.  En el caso de la Planilla de Corporación, copia de la Planilla de Individuo debidamente firmada y sellada como recibida por Hacienda.

5.  Reconciliación de la cantidad reportada al Médico o Agente y a la corporación mediante Declaraciones Informativas, con la cantidad reportada en la Planilla de Individuo y en la Planilla de Corporación.

     a.)  De reportar ingresos adicionales en la Planilla de Corporación que el total de ingresos informados en las Declaraciones Informativas, o sea, la Corporación reportó ingresos para los cuales no recibió una Declaración Informativa, deberá explicar la fuente de dichos ingresos (i.e. pagos de deducibles efectuados por pacientes, etc.).

     b.)  De reportar menos ingresos en la Planilla de Corporación que el total de ingresos informados en las Declaraciones Informativas, o sea, la Corporación omitió ingresos en su planilla habiendo sido reportado por las aseguradoras, deberá documentar en qué planilla fueron reportados dichos ingresos, incluyendo nombre y número de seguro social o de identificación patronal de la entidad o persona que los reportó y establecer la razón justificada por la cual dichos ingresos no fueron reportados por la entidad (inconsistencia en el tratamiento).

Para el año contributivo 2015, el ingreso informado al Médico o Agente debe ser reportado en la Planilla de Individuo si las Declaraciones Informativas reflejan el número de seguro social del Médico o Agente. 

De otra parte, el ingreso será reportado en la Planilla de Corporación, siempre y cuando las Declaraciones Informativas reflejen el número de identificación patronal de la corporación.

Finalmente, la CC 15-05 establece que será responsabilidad del Médico o Agente asegurarse que, para el año contributivo 2015, las Declaraciones Informativas reflejen su número de seguro social o el número de identificación patronal de la corporación, según corresponda.