5 de febrero de 2010

A Todas las Compañías de Responsabilidad Limitada (LLC)

La fecha límite para el pago de los derechos anuales es

1 de marzo de 2010

La Ley 164, conocida como "Ley General de Corporaciones", aprobada el 16 de diciembre de 2009, dispone que todas las compañías de responsabilidad limitada deberán pagar todos los derechos anuales el día 1ro de marzo de cada año natural.

De no cumplir con este requerimiento, se impondrá una penalidad de $100 en adición a los derechos vencidos, los cuales acumularán intereses a razón de 1 1/2% mensual hasta que sean pagados en su totalidad.

Si usted ya es cliente de nosotros y tiene un LLC, comuníquese con nosotros con la mayor brevedad posible para ayudarle a cumplir con este requerimiento.